Diálogo de la película "Notebook" (2004), del guionista Jeremy Leven y la adaptación de Jan Sardi, basado en la novela original de Nicholas Sparks

martes, 17 de marzo de 2009

Los portales del Estado deberán cumplir con nuevos lineamientos de estandarización.


Con la llegada de nuevos tiempos, cada vez se hace más necesario ir avanzando y ganando terreno en el campo de las tecnologías de la información y las comunicaciones aplicadas a la actividad del Estado en relación con los ciudadanos, quienes realizan trámites diariamente ante la Administración Pública. En ese sentido, dentro de la onda de reforma estatal que ha sido asumida por casi todos los nueos gobiernos latinoamericanos, unos más agresivamente que otros, las políticas de e-Government o Gobierno Electrónico van tomando la tendencia de la simplificación y la estandarización, en beneficio obviamente de los usuarios.
A continuación una nota extraída del Boletín de la Oficina de Gobierno Electrónico sobre este proceso de estandarización, las facilidades de acceso y todo sobre el cambio que va siguiéndose en este tema. Además, ofrecemos el texto de la Carta Iberomaericana de Calidad en la Gestión Pública, documento fundamental que aborda a nivel de la región la conducción seria del tema informático.
Ver la Carta Iberoamericana

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Se requiere terminología sencilla, simplicidad, veracidad y legalidad para que los cibernautas comprendan la información y se cumpla con la Ley de Transparencia.




Ante la necesidad de homogeneizar la información que los entes estatales brindan a través de sus portales web, se han publicado los Lineamientos para la Uniformización del contenido de Portales de transparencia de las entidades públicas. Con estos lineamientos se han establecido parámetros que las entidades públicas deben seguir para que el usuario pueda encontrar, comprender y analizar fácilmente la información.


De esta manera la Directiva N°004-2008-PCM-SGP, señala cuatro características básicas que debe cumplir el coordinador designado a la hora de publicar la información requerida en su Portal de Transparencia.


Facilidad de acceso: Debe ser de fácil utilización para los usuarios, de terminología sencilla y con formato “amigable”.


Simplicidad: De fácil comprensión por los ciudadanos.

Veracidad: Será veraz y de actualización mensual manteniendo la información anterior que permita realizar comparaciones.

Legalidad: La información deberá respetar el marco legal sobre la materia en cuestión.





Además, cada entidad deberá hacer referencia a otros portales web del Estado donde se encuentre información adicional. Entre ellos el Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas y el Sistema Informativo de Administración Financiera. Sin descuidar las exigencias contenidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Para incentivar la participación oportuna de todas las entidades, cada año la Presidencia del Consejo de Ministros reconocerá a las instituciones y funcionarios que hayan desarrollado actividades innovadoras con la finalidad de promover el Código de Ética de la Función Pública.

De cumplirse estos lineamientos, se practicaría adecuadamente la Ley de Transparencia de la Información Pública, se impulsaría la capacidad de vigilancia ciudadana y se reduciría el riesgo de corrupción.

Fuente: ONGEI



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http://www.ongei.gob.pe/entidad/ongei_tematicos.asp?cod_tema=5800
http://es.wikipedia.org/wiki/E-gobierno

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