Diálogo de la película "Notebook" (2004), del guionista Jeremy Leven y la adaptación de Jan Sardi, basado en la novela original de Nicholas Sparks

miércoles, 8 de abril de 2009

Depreciación de inmuebles será de 20%


Mediante Ley N° 29342, publicada el día de ayer en El Peruano, se promulgó el Régimen Especial de Depreciación para Edificios y Construcciones. A partir de 2010 la tasa de depreciación de inmuebles será de 20 por ciento anual, medida que reducirá el pago del Impuesto a la Renta para dotar de mayores recursos financieros a las empresas a fin de que continúen con la ejecución de proyectos


De esta manera, se impulsará la generación de empleos a nivel nacional para enfrentar los efectos negativos de la crisis financiera externa.

Esta ley señala que a partir del ejercicio gravable 2010 se podrán depreciar en 20 por ciento los edificios y las construcciones que se hubieran iniciado a partir del primero de enero de 2009.
Se entenderá como inicio de la construcción al momento en que se obtenga la licencia de edificación u otro documento que establezca el reglamento.
También podrán acogerse a esta medida las construcciones que al 31 de diciembre de 2010 tengan como mínimo un avance de obra de 80 por ciento.

Para efectos de contar con un adecuado control tributario del beneficio, y considerando además la magnitud del mismo, la ley exige que los beneficiarios lleven cuentas especiales que faciliten el control fiscal.



Desde el Ejecutivo se agregó que existen otras noticias importantes para el sector construcción, tales como la reducción de la tasa de interés para los fondos de Mivivienda y Techo Propio a un nivel aproximado de 10 por ciento. Asimismo, indicó que otra medida a resaltar es la reducción de la cuota inicial para los programas de vivienda, la cual, será de hasta 3 por ciento de ahora en adelante y no del 10 por ciento.

2 comentarios:

  1. cual es la norma juridica que reglamenta la aplicación de la depreciación

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  2. Para efectos tributarios, que sería el tema de la regulación de la depreciación, las normas son la Ley de Impuesto a la Renta y su Reglamento.

    por supuesto que puede existir normas especiales que regulen directa o indirectamente aspectos relacionados con la depreciación, como temas de beneficios específicos o asuntos financieros, que tendrán impacto o efectos tributarios, modificando bajo ciertas circunstancias y condiciones las reglas generales de la depreciación.

    Los enlaces oficiales a las normas citadas son:
    http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/ley/fdetalle.htm
    http://www.sunat.gob.pe/legislacion/renta/regla/index.html

    Saludos y gracias por seguir el Blog.

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